No hay plazo ni fecha que no se cumpla, y este próximo 15 de diciembre entra en vigor el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, el cual desde su promulgación en el mes de agosto ha generado inquietud por el endurecimiento de las sanciones, a continuación te explicamos algunos de sus principales cambios para que no te agarren en curva.
Aspectos a considerar
Desde hace ya algunos meses se dio a conocer que el monto de las multas y sanciones administrativas dejará de calcularse tomando como base el salario mínimo, en su lugar se considera la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, la cual es determinada por la Ley de Ingresos del Distrito Federal del ejercicio fiscal vigente. Por lo pronto la que se aplica es de 69.95 pesos.
También se debe tomar en cuenta que cada falta al reglamento de tránsito implicará el retiro de puntos de la licencia en tres grados: 1, 3 y 6 puntos. Cuando el conductor suma más de 12 puntos la consecuencia será la cancelación de la licencia, y solo podrá ser restituida luego de tres años. Cabe destacar que cada año se elimina el historial de puntos. ¡Mucho ojo!
Los principales cambios
De ahora en adelante se dará prioridad en la utilización del espacio vial de acuerdo a la siguiente jerarquía: a) Peatones, en especial personas con discapacidad y movilidad limitada, b) Ciclistas, c) Usuarios del servicio de transporte público de pasajeros, d) Prestadores del servicio de transporte público de pasajeros e) Prestadores del servicio de transporte de carga y distribución de mercancías; y f) Usuarios de transporte particular automotor y motociclistas.
Velocidades máximas
En el artículo 9 se establece que los conductores de vehículos deberán respetar los límites de velocidad establecidos en la señalización vial. A falta de señalamiento restrictivo específico, los límites de velocidad se establecerán de acuerdo a lo siguiente:
El incumplimiento de las obligaciones dispuestas en este artículo por parte de conductores de vehículos motorizados se sancionará con base en la siguiente tabla, aplicando la sanción máxima cuando se rebase el límite de velocidad por más de 20 kilómetros por hora, de acuerdo a la información captada por equipos y sistemas tecnológicos.
La sanción dependiendo de la infracción, será de 10 a 20 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente y se acumularán de 3 a 6 puntos.
Motociclistas
Los conductores de motocicletas además de sujetarse a lo dispuesto en el capítulo II del Reglamento de Tránsito deben:
Adicionalmente, deben:
Los ciclistas recibirán amonestación verbal al usar dispositicos móviles y de música, al circular por banquetas y entre carriles de vehículos, o por hacerlo en carriles confinados al transporte que no lo permitan. Asimismo al detenerse en el área de cruce peatonal.
Peatones
También recibirán amonestaciones verbales. Los peatones están obligados a cruzar por las esquinas en vías con más de dos carriles así como usar los pasos a desnivel cuando éstos se encuentren a menos de 30 metros.
Automovilistas
Muy atentos porque hablar o textear por celular mientras el vehículo se encuentre en movimiento, implicará una multa superior a los 2,400 pesos.
Es importante tomar en cuenta que la vuelta continua a la derecha e izquierda está prohibida, excepto cuando exista un señalamiento que lo permita, en cuyo caso deberá cederse el paso a los peatones que estén cruzando y a los vehículos que transiten por la vía a la que se pretende incorporar, no cumplir con esta disposición será motivo de una multa de aproximadamente 1,398 pesos.
Además:
Si quieres conocer y descargar el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal completo puedes hacerlos desde aquí.
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