Saber cómo debe conducirse un oficial en un retén del Alcoholímetro evitará que sufras algún abuso por parte de la autoridad, además de saber que consecuencias enfrentarás en caso de haber hecho la mortal...
Es viernes de quincena en el DF y ahí vas en tu carril padeciendo de ese tránsito infranqueable que caracteriza todos los fines de semana cuando el cajero tiene algo para todos. De pronto una barrera se hace presente en el camino: un modulo del Alcoholímetro está listo para poner en cintura a quienes vayan conduciendo con unas copitas encima. Si estás libre de pecado no tendrás inconveniente, si no es así empezarás a sudar, pero ¿sabes cómo deben proceder los agentes?
La respuesta evitará que sufras algún abuso por parte de las autoridades, además de poder interponer una queja en caso de alguna irregularidad. Toma nota:
Cuando los policías cuenten con dispositivos de detección de alcohol y otras sustancias tóxicas, de acuerdo con lo establecido por el Reglamento de Tránsito Metropolitano, se procederá de la siguiente manera:
I. Los conductores tienen la obligación de someterse a las pruebas para la detección del grado de intoxicación que establezca Seguridad Pública.
II. El agente entregará un ejemplar del comprobante de los resultados de la prueba al conductor, inmediato a su realización; y éste deberá firmar de que está enterado de que rebasó los límites permitidos de nivel de alcohol.
III. El policía los resultados de la prueba al Juez Cívico ante quien sea presentado el conductor, documento que constituirá prueba fehaciente de la cantidad de alcohol u otra sustancia tóxica encontrada y servirá de base para el dictamen del Médico Legista que determine el tiempo probable de recuperación.
De dar positivo se harán acreedoras a las siguientes sanciones:
Arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas.
El auto será llevado al corralón, pero es muy importante destacar que si el conductor viaja acompañado de alguien que no esta bajo el influjo del alcohol u otra sustancia, podrá llevarse la unidad, una vez que haya sido acreditado por las autoridades en el lugar.
La sanción económica por conducir en estado de ebriedad la determinará el juez cívico, esto es por daños a terceros o a las vialidades.